La norma regula la definición del autónomo, las reglas de prevención de riesgos laborales y formula un catálogo de derechos y deberes.
Cuenta con el visto bueno de la Federación Nacional (ATA) y de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), vinculada a UGT, pero no así con el respaldo de la Federación Española de Autónomos (CEAT), asociada a CEOE. Las discrepancias de esta organización se centran en la regulación del “autónomo económicamente dependiente” de un cliente y en el establecimiento de un sistema de desempleo obligatorio, universal y contributivo.
El borrador manda al Gobierno que diseñe y aplique un sistema específico de protección por cese involuntario de actividad de carácter obligatorio, público y contributivo, desarrollado en un decreto-ley posterior a la aprobación del Estatuto por parte del Congreso.
El Ejecutivo pretende elaborar una serie de estudios y encuestas entre el colectivo para conocer sus preferencias, pues se trataría, en todo caso, de un sistema financiado por los propios autónomos, obligatorio, universal y con un tipo de cotización específico.
En relación con la jubilación anticipada, permite el retiro antes de los 65 años en el caso de profesiones de alto riesgo y aplica medidas para converger las aportaciones de los trabajadores por cuenta propia con las de los asalariados.
La figura del “autónomo económicamente dependiente” sería la de aquel trabajador que además de reunir las condiciones de trabajador por cuenta propia, realiza una actividad de forma predominante para una persona física o jurídica denominada cliente de la que depende el 75% de sus ingresos. En esta situación se encuentran alrededor de 400.000 autónomos que tendrán derecho a la negociación colectiva a través de acuerdos de interés profesional, a un mínimo de 15 días de vacaciones al año y, ante la suspensión injustificada del contrato, a un “despido” o indemnización.
El texto será aprobado hoy por el Consejo de Ministros, pasará al Consejo de Estado, al Consejo Económico y Social (CES) y al Consejo del Poder Judicial para que se emitan los dictámenes correspondientes. Y tras volver al Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley, entrará en las Cortes. La tramitación parlamentaria terminará en torno al próximo mes de marzo, con lo cual la ley estará en vigor en la primavera de 2007.
Celebramos con entusiasmo el hecho de que “por fin” a los trabajadores autónomos les vayan a ser reconocidos algunos derechos básicos de los que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena y esperamos que al final la ley recoja las legítimas aspiraciones de un colectivo de trabajadores “desprotegido” por el estado.
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